EL ARRAIGO SOCIAL
El arraigo social es la forma más habitual estadisticamente hablando de alcanzar la regularización por parte del colectivo inmigrante extranjero, hay varios tipos, el arraigo social, familiar, arraigo laboral, tambien este ultimo demandado actualmente, en cuanto al arraigo social, los requisitos son, permanencia continuada en España durante 3 años, contrato de trabajo, carencia de antecedentes penales, y empadronamiento, en abogados extranjeria hacemos una observacion estricta del cumplimiento de estos requisitos
3 AÑOS EN ESPAÑA
El requisito principal para solicitar arraigo social es llegar a cumplir 3 años continuados en España, que en el momento de la solicitud de arraigo social hay que demostrar con abono transporte, empadronamiento, envíos de dinero, recibos, documentación medica (revisiones), etc, etc.
CONTRATO DE TRABAJO
El contrato de trabajo es muy importante también, de 8 horas y duración mínima 1 año, en abogados extranjería hacemos una revisión al contrato e incluso puede contactarnos empleador en caso de duda y hacemos el contrato.
CARENCIA DE ANTECEDENTES PENALES
No puedes tener antecedentes penales, es un motivo de rechazo de solicitud de arraigo.
EMPADRONAMIENTO
El empadronamiento es un documento que expide el ayuntamiento que certifica la dirección de tu domicilio, se pide empadronamiento histórico para la solicitud de arraigo cuando has tenido varios domicilios
ARRAIGO CUENTA PROPIA
El arraigo cuenta propia, es cuando puedes hacer solicitud de arraigo por medio de constituir empresa, hay que elaborar un proyecto de empresa que en abogados extranjería te ayudamos al mismo par solicitar arraigo con las mayores garantías.
¿Puedo solicitar arraigo social con expulsión?
la contestación es si se puede solicitar arraigo, y además es la mejor opción, la expulsión quedaría reducida a multa de 500€, en abogados extranjería te ayudamos a realizar los trámites de tu arraigo social.