MATRIMONIO MIXTO ENTRE ESPAÑOL Y EXTRANJERO
Cuando se trata de matrimonio, unión conyugal, con ciudadano extranjero, tendremos que exponer detalladamente su regulación en la practica,
Antes de contraer matrimonio, es la formación del denominado expediente matrimonial, hay que determinar unos pasos previos,
Donde hay que entregar la documentación requerida para la posterior inscripcion del matrimonio, tener en cuenta antes sus REQUISITOS Y la DOCUMENTACION Requerida,
Primeramente contestaremos a la frecuente pregunta de ¿podrán contraer matrimonio entre ciudadano/a español/a, o comunitario/a y extranjero/a sin papeles?, si puedo o no , contraer el matrimonio, la respuesta es afirmativa, si puede contraer matrimonio, SÍ.
En cuanto a los REQUISITOS
NO pueden contraer matrimonio por considerarse nulo
- Menores de Edad no emancipados.
- Las personas ligadas por vinculo matrimonial y no disuelto
- Colaterales por consanguineidad hasta el tercer grado
- Condenados por autor , o complice de muerte dolosa de conyuge de cualquiera de ellos, puede ir con la dispensa del ministro de justicia
- Debe presentar si alguno de los contrayentes estuvo casado el certificado del anterior matrimonio, con inscripción del divorcio, en caso de viudedad, certificado del consorte fallecido.
DOCUMENTACION NECESARIA IMPRESCINDIBLE PARA EXPEDIENTE MATRIMONIAL
- certificado literal de nacimiento , de cada contrayente
- copia dni, pasaporte, tarjeta residencia
- certificado de empadronamiento
- fe de vida y estado civil
- formulario tipo del registro civil correspondiente cumplimentado y firmado por los contrayentes
- solicitar cita previa registro civil correspondiente
En la actualidad , los registros civiles, suelen practicar previamente a inscripcion el matrimonio, NO ES EN TODOS LAS CASOS, una ENTREVISTA, A INSTANCIA DEL JUEZ ENCARGADO, A LOS CONTRAYENTES, ESTAS PREGUNTAS SUELEN ESTAR RELACIONADAS,
¿ como se conocieron?, ¿trabajo, sueldo, tiempo en el trabajo?, gustos aficiones, parientes, direccion completa en españa, tiempo de relacion, donde se conocieron, ¿cuándo se conocieron?
MATRIMONIO EN EL EXTRANJERO
En caso de que uno de los contrayentes resida en el extranjero,
En el consulado de España del pais donde resida, tendrá que pedir
Certificado de Nacimiento y Certificado de Solteria, para inscribir posteriormente en consulado español poder registrar el matrimonio ya celebrado en Registro Civil del Pais correspondiente al conyuge extranjero.
En CASO DE CONTRAYENTE EXTRANJERO DIVORCIADO Y LA SENTENCIA DE DIVORCIO LA OBTUVO EN SU PAIS, PARA QUE TENGA EFECTOS EN ESPAÑA TIENE QUE HACER EL EXEQUATOR, RECONOCIMIENTO DE SENTENCIA EXTRANJERA EN ESPAÑA.
ACTUALMENTE, EL REGISTRO CIVIL CENTRAL, PLAZA JACINTO BENAVENTE DE MADRID, ESTA DANDO LA POSIBILIDAD DE INSCRIBIR EL DIVORCIO DIRECTAMENTE, SIN PASAR POR EL EXEQUATOR, APORTANDO SENTENCIA DE DIVORCIO LEGALIZADA Y APOSTILLADA, NUESTRO DESPACHO CUBRE ESTA GESTION. INFORMESE TELF . 91 3063105
- Despues de reunir con toda la Documentacion señalada los contrayentes comparecerán con un testigo en el Registro Civil donde resida, iniciándose ya el expediente matrimonial, acto previo a celebración del matrimonio, entregándoles a los contrayentes el dia de la cita para volver al Registro Civil y entregarles el AUTO (RESOLUCION JUDICIAL) favorable o no, si es favorable, le darán cita para celebrar el matrimonio en el propio Registro Civil, Ayuntamiento, o ante Notario, y si es negativa, entrariamos en el ámbito
- de la DENEGACION DE INSCRIPCION DE MATRIMONIO,
El JUEZ encargado de Registro Civil, O CONSULADO, decreta que es un matrimonio blanco, matrimonio de complacencia por las supuesta causas siguientes:
- Se entiende que el matrimonio lo utiliza para obtener permiso de residencia
- Adquirir antes la Nacionalidad Española, en fraude.
- Para hacer Reagrupacion de otros familiares de terceros países
En cuanto a los medios de prueba para determinar la validez de matrimonio son los siguientes:
- Tener hijo en común
- Relacion sentimental ininterrumpida durante un periodo de tiempo antes de la celebracion de matrimonio
- Visitas a España del contrayente, o al país del contrayente extranjero, también fotos, cartas, cuentas de Facebook, Instagram, correo electrónico.
En caso negativo, se considera indicio de matrimonio simulado, cuando uno de los conyuges ha tenido historial de otros matrimonios frecuentes simulados.
La entrega de cantidad monetaria para la celebracion del matrimonio, excepto la dote.
RECURSOS PARA CASOS DE DENEGACION DE INSCRIPCION DE MATRIMONIO
Es frecuente actualmente las denegaciones de matrimonio en consulados como La Habana, Santo Domingo, Quito, Lima, UD. Se preguntara, ¿Qué puedo Hacer ante la Denegacion de Inscripcion de Matrimonio?
Actualmente, se recurre en apelación en el plazo de 15 dias ante la Direccion General de Registro y Notariado, DGRN, y posteriormente ante Juzgado de Primera Instancia, de Familia.
Cuando entre en vigor la Ley 20/2011, de 21 de julio de Registro Civil, que se espere entre en vigor este mismo año 2020, se podrá recurrir directamente ante la Jurisdiccion Civil, Juzgado de familia, recurso que requiere la asistencia de Abogado y Procurador.
Existe también posibilidad de MATRIMONIO POR PODERES, designando el contrayente español por poder notarial a una tercera persona, que acudirá en su nombre el dia de celebración del matrimonio, en el registro civil del país del contrayente extranjero.
REQUISITOS MATRIMONIO POR PODERES
Poder notarial, nombrando el poder la identidad de la persona que sustituye al contrayente,
Certificado literal original de Nacimiento de contrayente español, y Fe de Vida y Solteria, copia compulsada de DNI de contrayente español.
Certificado de empadronamiento, copia de Pasaporte y documento de identidad de Contrayente extranjero.
En caso de divorcio de contrayente extranjero, certificado de divorcio, sentencia, legalizada, apostillada
Una vez celebrado el matrimonio por poderes, o ambos contrayentes, en el extranjero, existe la posibilidad de inscribirlo en España, en Registro Civil Central, en lugar de Consulado.
– TE PUEDE INTERESAR
RESIDENCIA FAMILIAR COMUNITARIO
SOLICITUD REAGRUPACION FAMILIAR