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La Residencia por Arraigo

Formulario de solicitud

Arraigo Social

El arraigo social es el tipo más común entre la población extranjera irregular. Tras 3 años exactos de residencia continua en España, un extranjero puede regularizar su situación. Existen además otros dos tipos de arraigo: el arraigo laboral y el arraigo familiar. A continuación, detallamos los requisitos para los tres tipos de arraigo.

Requisitos para el Arraigo Social

Para solicitar el arraigo social, es necesario acreditar 3 años de permanencia continuada en España y cumplir con uno de los siguientes requisitos:
  • Vínculo familiar en el país.
  • Informe social favorable emitido por el Ayuntamiento o la Comunidad Autónoma, conocido como informe de inserción social.
Además, se requiere:
  • Carecer de antecedentes penales y policiales (se exige certificado legalizado o apostillado del país de origen).
  • Contar con un contrato de trabajo (se recomienda obtenerlo, aunque en algunos casos se puede eximir si se demuestra la existencia de medios de vida suficientes).
En nuestro despacho, le ayudamos a preparar el informe de inserción social y a presentar su solicitud de arraigo.

Abogados de Extranjería

Somos expertos en la preparación y presentación de solicitudes de arraigo. Le ayudamos a reunir toda la documentación necesaria para garantizar la mayor probabilidad de éxito en su solicitud.

Arraigo Laboral

El arraigo laboral exige acreditar al menos 6 meses de trabajo irregular, lo cual puede demostrarse mediante documentos emitidos por entidades públicas, principalmente el empadronamiento. Además, es necesario contar con una resolución administrativa de la Inspección de Trabajo o una resolución judicial que confirme la existencia de la relación laboral.

Arraigo Familiar

El arraigo familiar requiere demostrar la existencia de una relación familiar con un hijo/a nacido en España.

Procedimiento para la Solicitud de Arraigo

La autorización de residencia temporal por arraigo debe presentarse en la oficina de extranjería. Actualización: Desde mayo de 2020, es posible presentar la solicitud de arraigo de manera telemática a través de la plataforma Mercurio por abogado. Consúltenos para más información: ☎️ +34 649117806.

Documentación Necesaria para la Solicitud de Arraigo

  • Formulario de solicitud EX-10.
  • Pasaporte válido o título de viaje, con vigencia mínima de cuatro meses.
  • Contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empleador, con duración mínima de un año.
  • Documentación probatoria de la estancia continuada de 3 años en España.
  • Documentación de la empresa, autónomos, impuestos, IVA, IRPF y sociedades.

Formulario relacionado

La Expulsión

En muchos casos, los extranjeros que son detenidos en España descubren posteriormente que tienen una expulsión firme. Es fundamental recurrir la expulsión desde el primer momento. Nuestra firma de abogados se encarga de seguir su caso y luchar por su permanencia en el país.

Procedimiento de Expulsión

La expulsión puede iniciarse tras una denuncia o por irregularidades detectadas por las autoridades. Si usted se encuentra en esta situación, es fundamental actuar con rapidez para evitar consecuencias más graves.

Tipos de Infracciones

Infracciones Leves

Las infracciones leves incluyen omisiones en las comunicaciones obligatorias, como cambios de nacionalidad, estado civil, domicilio o circunstancias laborales. Estas infracciones se sancionan con una multa de 500 euros.

Infracciones Graves

Las infracciones graves incluyen:
  • Estancia irregular en España.
  • Trabajo sin autorización de residencia y trabajo.
  • Falsedad en la comunicación de datos al Ministerio del Interior.
  • Participación en actividades contrarias al orden público.
Estas infracciones se sancionan con una multa de 301 a 6,000 euros, y pueden ser sustituibles por expulsión del país.

Infracciones Muy Graves

Las infracciones muy graves incluyen:
  • Actividades contrarias a la seguridad exterior del Estado.
  • Contratación de trabajadores sin permisos.
  • Inducción a la inmigración ilegal.
Estas infracciones se sancionan con una multa de 6,001 a 60,000 euros, y en algunos casos, por la expulsión del territorio nacional. Información Legal sobre Arraigo

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