Nuevo reglamento de extranjería 2025

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Cambios clave en la residencia por arraigo

El esperado Nuevo Reglamento de Extranjería 2025 ha introducido modificaciones significativas en los procedimientos para obtener la residencia en España, especialmente en lo referente al arraigo. Estas nuevas normativas, que entrarán en vigor el 20 de mayo de 2025, impactarán directamente la vida de miles de personas extranjeras que buscan regularizar su situación en el país.

El Nuevo Reglamento de Extranjería 2025 busca, en principio, agilizar y adaptar los procesos a la realidad social y laboral actual.

A continuación, resumimos los principales cambios en la residencia por arraigo que trae este Nuevo Reglamento de Extranjería 2025, una normativa que condicionará la vida de miles de personas que forman parte de la sociedad:

Régimen transitorio (Primer Año) del Nuevo Reglamento de Extranjería 2025

El Nuevo Reglamento de Extranjería 2025 establece un régimen transitorio durante el primer año de su entrada en vigor (del 20 de mayo de 2025 al 20 de mayo de 2026). Este periodo especial está dirigido a solicitantes de asilo que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Estar en situación irregular en España a fecha de 20 de mayo de 2025 debido a una denegación firme de su solicitud de protección internacional. Esto implica haber recibido la notificación de la resolución negativa del Ministerio del Interior antes del 20 de marzo de 2025 y no haber presentado recurso, o bien, tener una respuesta negativa a dicho recurso o haber desistido del mismo.

  • Acreditar haber permanecido seis meses en situación irregular en España antes de presentar la solicitud de arraigo.

  • Cumplir con los requisitos específicos de cada tipo de arraigo, que se detallan a continuación:

    • Arraigo Sociolaboral: Presentar uno o varios contratos laborales que sumen un mínimo de 20 horas semanales y con una remuneración proporcional al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

    • Arraigo Social: Demostrar vínculos familiares en primer grado de línea directa (padres, madres, hijos), cónyuge o pareja de hecho residentes legales en España, o bien, presentar un informe que acredite un esfuerzo de integración social. Adicionalmente, se requerirán medios económicos familiares o propios equivalentes al 100% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

    • Arraigo Socioformativo: Aportar un informe que acredite un esfuerzo de integración social y estar matriculado o cursando estudios en centros acreditados, como educación secundaria postobligatoria, certificados profesionales de Formación Profesional de grado C, enseñanzas obligatorias para adultos o formación del SEPE para empleos considerados de difícil cobertura.

Arraigo Segunda Oportunidad

Una de las novedades que introduce el Nuevo Reglamento de Extranjería 2025 es la figura del Arraigo Segunda Oportunidad. Permite obtener una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia o ajena con una duración de un año, siempre y cuando se cumplan los siguientes criterios:

  • No ser solicitante de protección internacional.

  • Haber residido en España durante al menos dos años (no se contabiliza el tiempo como solicitante de protección internacional).

  • Haber sido titular de una autorización de residencia (excluyendo las autorizaciones por circunstancias excepcionales) durante los últimos dos años, y que dicha autorización no se haya podido renovar por causas ajenas a ser una amenaza para la seguridad nacional, el orden público o la salud pública.

Arraigo Sociolaboral

El Nuevo Reglamento de Extranjería 2025 mantiene la figura del Arraigo Sociolaboral, con los siguientes requisitos para obtener una autorización de residencia y trabajo (por cuenta propia o ajena) de un año de duración:

  • No ser solicitante de protección internacional.

  • Acreditar una permanencia continuada en España durante al menos dos años (sin contar el tiempo como solicitante de protección internacional).

  • Presentar uno o más contratos laborales que garanticen un mínimo de 20 horas semanales y una remuneración proporcional al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Arraigo Social

El Nuevo Reglamento de Extranjería 2025 también regula el Arraigo Social, que permite obtener una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia o ajena de un año de duración si se cumplen los siguientes requisitos:

  • No ser solicitante de protección internacional.

  • Acreditar una residencia continuada en España durante al menos dos años (sin computar el tiempo como solicitante de protección internacional).

  • Demostrar vínculos familiares en primer grado de línea directa (padres, madres, hijos), cónyuge o pareja de hecho residentes legales en España, o presentar un informe de esfuerzo de integración social.

  • Disponer de medios económicos, ya sean propios o de familiares, equivalentes al 100% del IPREM.

Arraigo Socioformativo del  Nuevo Reglamento de Extranjería 2025

El Nuevo Reglamento de Extranjería 2025 introduce el Arraigo Socioformativo, una nueva vía para obtener una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena (con un mínimo de 30 horas semanales) con una validez de un año. Los requisitos son:

  • No ser solicitante de protección internacional.

  • Acreditar dos años de residencia en España (sin contar el tiempo como solicitante de protección internacional).

  • Presentar un informe que acredite un esfuerzo de integración social.

  • Estar matriculado o cursando estudios en centros acreditados, como educación secundaria postobligatoria, certificados profesionales de Formación Profesional de grado C, enseñanzas obligatorias para adultos o formación del SEPE para empleos incluidos en el catálogo de difícil cobertura.

Arraigo Familiar

El Nuevo Reglamento de Extranjería 2025 mantiene la figura del Arraigo Familiar, otorgando una autorización de residencia y trabajo por un periodo de cinco años a quienes cumplan los siguientes requisitos:

  • No ser solicitante de protección internacional.

  • Ser padre, madre o tutor/tutora de un menor de nacionalidad española o de otro Estado miembro de la Unión Europea con el que conviva y tenga a su cargo o esté al corriente de sus obligaciones parentales. También se incluye a familiares que cuiden a un nacional de la UE con discapacidad con el que conviva y tenga a su cargo.

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En conclusión, el nuevo reglamento de extranjería en España 2025 traerá consigo importantes cambios que impactarán en la vida de los extranjeros que residen en el país. Para garantizar una adaptación adecuada a estas nuevas medidas, es fundamental estar informado y contar con el asesoramiento adecuado.

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